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El Interior - 1945 Se reglamentó la Ley sobre ayuda escolar a los niños necesitados.

Ficha

Título
El Interior - 1945 Se reglamentó la Ley sobre ayuda escolar a los niños necesitados.
Descripción
Reemplazará a la Comisión Nacional una dirección de la Secretaría de Trabajo.
En acuerdo general de ministros fué reglamentada la ley 12558, de protección a los niños en edad escolar. Se establece en ella que el director de asistencia social de la Secretaría de Trabajo y Previsión, reemplazará en sus funciones a la ex Comisión Nacional de" Ayuda Escolar “ - Servicios médicos y odontológicos.— Los servicios dispuestos por el artículo 20. de la ley recordada, se prestarán de acuerdo con la reglamentación y Organización que disponga la Dirección General de Asistencia Social y de la siguiente manera; mediante visitas periódicas a los niños en las escuelas; asistencia en consultorio de hospitales, dispensarios y salas de primeros auxilios dependientes de la Dirección Nacional de Salud Pública y en los provinciales y municipales; en los consultorios de los médicos y odontológicos de la Dirección de Ayuda Escolar; a los servicios médicos y odontológicos de cualquier índole, subsidiarios o no, o de carácter privado, con los cuales se suscriban convenios. Tendrán derecho a este tratamiento gratuito los alumnos pertenecientes a hogares necesitados, de acuerdo con la clasificación que haga la dirección y el personal docente del establecimiento a que concurran. En el caso de epidemias y de urgencia la asistencia será sin excepción.
— La designación del personal médico-odontológico, visitadoras de
higiene y demás personal afectado por la Secretaría de Trabajo y Previsión, dando preferencia a los profesionales de la región a que
se destinen. La remuneración de los médicos y odontológicos se
hará en forma que establezca la Dirección General de Asistencia
Social. Además, expresa el decreto, que se propenderá a la radicación de médicos y odontológicos en el interior del país, en
aquellas zonas que carezcan de ellos otorgando facilidades para
su traslado y el de su familia.

Las naciones pequeñas y la libertad de prensa
Despachos procedentes de Londres hacen saber que las naciones llamadas «pequeñas» del continente europeo, están decididas
obtener de la próxima conferencia de San Francisco una Declaración Internacional de Derechos», en que figuren con carácter prominente
Esta demanda, dirigida a eliminar todos los obstáculos contra la libre difusión de noticias, parecería haber recrudecido en las últimas semanas. a raíz de que estos pequeños países no han visto con agrado algunas determinaciones adoptadas en la conferencia de Yalta, que dan a las grandes potencias una relativa impunidad frente a la organización de seguridad, en los casos de una eventual agresión entre ellas. En el concepto de los pequeños estados europeos, la nueva liga a estructurarse definitivamente en la citada conferencia,
debe tender a establecer normas internacionales de conducta que
hagan posible su cumplimiento no más que por la fuerza de la opinión pública mundial. En ese sentido, destacados funcionarios
han formulado declaraciones para destruir la idea de que se trata de una aspiración platónica o irrealizable y hasta se asegura que ya han estado trabajando activamente en la declaración oficial a presentarse. En ella se proclamaria el «derecho de todos los países» a las seguridades y prerrogativas internacionales y se propiciaría la creación de un mecanismo que permita a la liga adoptar decisiones rápidas en todas las controversias que pudieran producirse entre dos o más naciones.

Una preocupación y un deber: acreditar las carnes argentinas.

La República Argentina repudia toda ideología extraña a la tradición demacrática.


Cobertura
Las Heras
Autoría
El Interior
Fecha
7 abril 1945
Editor
El Interior
Fuente
Violeta Martínez. Archivo Histórico Palmiro Pedemonte
Conjuntos de fichas
El Interior

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