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El Interior 1946 Modificaciones a la ley de precios máximos.

Ficha

Título
El Interior 1946 Modificaciones a la ley de precios máximos.
Descripción
Las comisiones de Asuntos Constitucionales, de Industria y Comercio y de Asistencia y Previsión Social han estudiado el proyecto ley pasado en revisión por el Honorable Senado modificando la ley N° 12.591; y por las razones que se dan en el informe adjunto, aconsejan en su reemplazo la sanción del siguiente proyecto de ley:
Artículo 1°.—Quedan comprendidos en las disposiciones de esta ley las materias primas, artículos manufacturados, locaciones de obra o productos de cualquier naturaleza, destinados a la alimentación, vestido, vivienda, materiales de construcción, alumbrado, calefacción, sanidad y cualesquiera otros que afecten las condiciones de la vida y del trabajo y al transporte de dichas cosas; así como toda materia prima, artículo manufacturado o producto de cualquier naturaleza al que el Poder Ejecutivo, en ejercicio de las facultades que le confiere esta ley, fije precio, sujete a racionamiento o declare crítico o escaso en el país, sea de producción nacional o extranjera.
Cuando las cosas, bienes o actividades comprendidos en esta ley se encuentren sometidos a regímenes particulares, se aplicarán subsidiariamente las disposiciones de la misma, en lo que no esté especialmente determinado por su régimen propio,
Art. 2°,— A los fines de esta ley y durante el tiempo de su vigencia, el Poder Ejecutivo tendrá las siguientes facultades:
a) Determinar los productos o mercaderías comprendidos en el
artículo primero
b) Fijar precios máximos de venta al consumidor, procurando
ajustarlos gradualmente al promedio vigente en cada reglón del país, durante la primera quincena del mes de agosto del año 1939;
c) Fijar precios mínimos en cualquier etapa de la comercialización;
(continúa)

Un interesante estudio sobre la caña de azúcar se ha publicado
Acerca de la industrialización racional de la caña de azúcar se ha difundido un artículo original del Dr. Ladislao Reti, publicado en una revista especializada. Señala el autor que la industria azucarera nacional se vió vinculada a graves problemas sociales y económicos desde su nacimiento mismo, y que pese a las innumerables medidas de gobierno dictadas, y a la preocupación constante de la opinión pública, esos problemas siguen tan graves como antes. Sostiene el autor que el 50%, por lo menos de la población de las provincias de Salta, Tucumán y Jujuy, con un millón de almas, vive o está vinculado al cultivo o a la industrialización de la caña de azúcar. El hecho de que la zafra dure cien días en el año, representa una desventaja económica y social de profundas repercuciones sobre la vida de la población trabajadora. No hay perspectiva — agrega— de que aumente sensiblemente el consumo de azúcar en el país, lo que limita las posibilidades futuras de la zona, en relación con la industria azucarera por lo menos.

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Cobertura
Las Heras
Fecha
21 septiembre 1946
Editor
El Interior
Fuente
Violeta Martínez. Archivo Histórico Palmiro Pedemonte
Conjuntos de fichas
El Interior

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